A- de 2015
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Hernan Escobar Chaparro Vs Juzgado Cuarto Penal Del Circuito Especializado De Cali
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
- Competencia de la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
- Reiteración auto A124/09
- Competencia para dirimir conflictos de competencia
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas de Casación Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se reitera el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y se analiza el caso en concreto.
Se decide el caso ordenando la remisión del expediente a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que asuma de manera inmediata el conocimiento de la solicitud de amparo promovida y dicte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se advierte a esta autoridad judicial que debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre conflictos de competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 18 de marzo de 2015, dictado por la Sala de Casacion Penal dentro de la accion de tutela iniciada por el senor Hernan Escobar Chaparro contra el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Cali
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2156 a la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, con el objeto de que asuma de manera inmediata, el conocimiento de la solicitud de tutela promovida y dicte la decision a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR a Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Cuarto. ADVERTIR a la oficina de reparto del Tribunal Superior de Cali que debera aplicar y cumplir las reglas de reparto previstas en el Decreto 1382 de 2000.
- Quinto. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNIQUESE a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, la decision adoptada en esta ocasion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.